Editorial 2: Administración, impartición o justicia selecta
*Norma Piña debería ser destituida y sometida a juicio político
Aristóteles en su obra Ética a Nicómaco dice: "Justicia es dar a cada uno lo que le corresponde".
Para poder establecer un marco de actuación del Poder Judicial y especialmente de jueces y magistrados, se procura determinar si la justicia se administra como dice Jesús Lemus en su libro "El Cártel Judicial", o se imparte como dicen los juzgadores o es selecta como decimos el pueblo.
" Describimos:
" Impartir es distribuir y esto es en función de méritos o derechos.
" Administrar es organizar, disponer u ordenar en prioridades, necesidades o soluciones.
" Seleccionar escoger con relación al interés o beneficio.
Aquí cabe preguntar: ¿los juzgadores imponen las penas o libertades en función de méritos o derechos? ¿organizan, disponen u ordenan su dictámenes según necesidades o prioridades de la vida de la gente? ¿o escogen las sanciones y/o libertades relativos a intereses o beneficios de alguien en particular?
Podríamos hacer una lista inacabable de errores en dictámenes y sentencias; como una muestra es la declaración de Sabina Berman conductora del Canal 11 quién dice que de cada 10 presos 6 no tienen sentencia (lo cual obliga a mantenerlos encarcelados de por vida o hasta que puedan pagar a un abogado que atienda su caso).
Ha crecido tanto la soberbia de los magistrados que tienen perdido el piso y la orientación, ya no hacen lo correcto, maquinan lo que sea porque se sienten desplazados del supra poder que los partidos políticos les han permitido ostentar.
La señora Piña, se encuentra verdaderamente fuera de sí, busca afanosamente salvar sus privilegios y para eso no le importa ordenar a sus incondicionales que llevan acciones que violan la ley. En cualquier otro país, inclusive los Estados Unidos, una flagrancia de este nivel es la destitución inmediata y sometimiento a juicio por atentado contra la Constitución.
Busca su salvavidas en jueces, familiares del nepótico poder con marchas y protestas y entre lo último, involucrará a los otros magistrados pidiéndoles una interpretación esperando algún rescoldo de dónde agarrarse.
Este meta poder tiene el saber y conoce pero, omite los antecedentes de las obligaciones y atribuciones de cada poder, desde 1824 se fundó la cámara de diputados y su fin es hacer leyes, reglamentos y ordenamientos para una mejor convivencia, se fortaleció este poder en la guerra de reforma, bueno, estuvo bajo el capricho de Porfirio Díaz pero siguió haciendo su función; en 1917 refundó la Constitución que nos rige, siempre ha sido y será mientras no cambie el modelo de gobierno democrático la figura moral que haga, modifique, cancele o aumente nuestra Carta Magna.
Las y los jueces que han expedido amparos para detener la discusión de las leyes que modifican al Poder Judicial, son en realidad instrumentos de una acción dolosa y mañosa porque violan de manera flagrante lo más elemental de la Constitución como impedir que una persona se dedique al oficio o profesión que le acomode (art. 5) coarta el derecho a reunirse para un objeto lícito (art.9); les impide a los diputados formar parte pacífica en asuntos políticos del país (art. 35, parr. III); le quitan la soberanía al pueblo en sus representantes (Art. 41); violan el derecho de los diputados para el desempeño de sus cargos (Art. 61); impiden el derecho de las cámaras a iniciar leyes o decretos (Art. 71). Y en ninguno de todos los artículos constitucionales dice que otra autoridad o representación pueda intervenir en esa función.
Este tipo de actuaciones pretenden llevarnos a un caos y prender la mecha para un golpe de estado. Eso debe detenerse. (Moisés Zepeda Gómez)
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