martes, 9 de abril de 2024

 IEPCJ genera incertidumbre al resolver a destiempo candidaturas.

Por Arturo Fernández Ramírez

Es incongruente que el 31 de marzo que iniciaron las campañas, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPCJ), se encontraba sesionando para dictaminar la procedencia e improcedencia de las candidaturas a diputaciones y munícipes. Muchas fueron rechazadas, a otras les hicieron observaciones y aunque la mayoría fue aceptada, lo cierto es que en todas y todos los aspirantes, prevaleció la incertidumbre. ¿Con qué confianza puede preparar su contienda si el órgano responsable de darles luz verde los mantiene en suspenso? En peor situación quedan quienes ya invirtieron tiempo y dinero previamente y les rechazan su registro. Es injusto, ilegal e inequitativo, es necesario reformar la ley, para evitar que se repitan estas acciones.


    De acuerdo al calendario electoral aprobado por el mismo Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, el 30 de marzo de 2024 fue el plazo para resolver la procedencia de las solicitudes de registro de candidaturas a munícipes y diputaciones. Y al día siguiente, es decir, el 31, es cuando, de manera oficial, iniciaron las respectivas campañas políticas.

    El numeral 246 del Código Electoral del Estado de Jalisco, establece: "Artículo 246. 1. El Consejo General del Instituto Electoral sesionará para resolver sobre la procedencia de las solicitudes de registro: … II. De Diputados por ambos principios y de Munícipes, a más tardar sesenta y cuatro días antes al de la jornada electoral."

    La sesión para decidir la procedencia de las solicitudes de registro, fue convocada por el IEPCJ, a las 19:00 horas del 30 de marzo de 2024, prolongándose hasta la mañana del 31. Es decir, que la situación jurídica de las y los aspirantes para que fueran reconocidos como candidatos, fue resuelta después de que ya había iniciado su derecho a realizar proselitismo. Si estamos hablando de un plazo ¿por qué esperar no solo hasta el último día, sino que, además, fue incumplido, al traspasarse en perjuicio de las y los candidatos?

    Por donde se vea, esta situación es injusta, ilegal e inequitativa por la incertidumbre que se genera, ¿Con qué confianza pueden las y los aspirantes, preparar su campaña si el órgano responsable de autorizar su candidatura los tiene en suspenso? En peor situación quedan quienes ya invirtieron tiempo y dinero previamente y les rechazan su registro. 

     El punto es que, aunque posteriormente el Tribunal Electoral revierta esas decisiones, aparte de quedar demostrada la actuación ilegal del IEPCJ, las y los candidatos inician campaña sin que se les recupere el tiempo transcurrido. Colocándolos en una situación de desventaja frente a sus contrincantes. 

    Se debe reformar la ley, para evitar que se repitan estas acciones en cada proceso electoral, en perjuicio de nuestro sistema democrático. Que el IEPCJ respete los principios rectores de la función electoral como son la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad. Esperemos que quienes lleguen al Congreso de Jalisco, tomen cartas en el asunto.


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