lunes, 26 de marzo de 2018

OTRO RESBALON DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION 
Por J. Ventura Torres

Si creemos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión Nacional de  los Derechos Humanos ¿en realidad velara por las violaciones individuales constitucionales de la ciudadanía?,  que ni lo piensen estas instituciones se encuentra también contaminadas de corrupción, sus actuaciones dejan mucho de qué desear., Observe para la SCJN, avalaron que para ellos no existen violaciones en la revisión de personas y vehículos sin orden de autoridad competente, estos decretaron que es constitucional, que cualquier supuesto policía o miembros del Ejército, le ultraje  pareciera que a los ministros se les olvido el contenido de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la misma manera las actuaciones de la Comisión Estatal de los derechos humanos en concreto la tercera Visitaduria con sede en ciudad Guzmán también decretaron que cualquier empleado municipal sin orden de autoridad competente prive de la libertad a cualquier persona sin fundamento y motivo alguno, como ya lo señale con anterioridad, así para estos también no existen violaciones constitucionales en concreto a Derechos Humanos, en virtud de que disque son los defensores de las violaciones a la Constitución Política en vigor.
Ya se hizo costumbre de cualquier institución gubernativa le hagan al desentendido sobre los señalamientos de  los artículos Constitucionales 14 y 16 son muy claros y entre otras disposiciones el numeral catorce señala que A NINGUNA LEY SE DARA EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA. NADIE PODRA SER PRIVADO DE LA LIBERTAD O DE SUS PROPIEDADES, POSESIONES O DERECHOS, SINO MEDIANTE JUICIO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL QUE SE CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y CONFORME A LAS LEYES EXPEDIDAS CON ANTERIORIDAD AL HECHO. - Entre otras disposiciones, así mismo el numeral dieciséis indica: QUE NADIEN PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO.
¿QUE LE PASA A LA CORTE?                                                           
La Suprema Corte de Justicia de la Nación fastidia a la sociedad con sus decisiones.
Así lo manifiesta  Francisco Guzmán Villela en su columna (Un punto de vista) Suponemos que aunque es uno de los poderes del estado debe revisarse lo que hace, cuando como en este caso afecta a la sociedad porque hostiga más a la gente con determinaciones que violan la ley.  Si se supone que dizque la suprema corte es la garante de la legalidad con sus determinaciones, lo que hace es violar la misma norma Constitucional.  Todo esto lo digo porque esta suprema corte acaba declarar valida la revisión de personas y autos sin orden judicial.
La constitución política que nos rige claramente establece en sus artículos 14 y 16 que nadie puede ser molestado en su persona papeles o domicilio. Sin orden de un juez que funde y motive la causa legal del procedimiento.  Como entonces avala la corte que la policía por simple sospecha detenga a los ciudadanos. Con su actuar viola la Corte la suprema ley, que también está obligada a respetar.
Como están las cosas de violencia en el país y cuando se sabe que más de la mitad de policías, no han hecho el examen de confianza, y que además gran parte de los elementos son acusados de que cumplen ordenes de grupos y mafias, ¿cómo se les dan facultades contra el pueblo?
Porque eso podría permitirse pero siempre que fueran acompañados de personal de Derechos Humanos. De la fiscalía anti corrupción, etc. Pero eso de que detenga y después averigüe, como que eso no se vale, porque por sospechosos de que no trabajan, yo empezaría con la revisión de esos ministros que no cumplen con la obligación de  analizar las disposiciones de la carta magna. Este aval de la corte a policías, ha causado irritación nacional, porque ahora toda la gente estará temerosa  de ser detenida, revisada, ultrajada y violada en sus garantías individuales constitucionales de seguridad jurídica.
Con este desbarre legal de la SCJN se acabaran las garantías individuales constitucionales del pueblo de nuestro país.
Dice el OCCIDENTAL, que siempre ha insistido en que le falta al pueblo más información, más educación, para que por ejemplo en este caso levantarnos todos como uno solo, para que cesen a esos irresponsables ministros que están contra la sociedad.
Y además esta resolución se tomó para dar la contra a una petición de garantías de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, lo cual también es el colmo, pues no respetan a nada ni a nadie.
Eso de nombrar funcionarios comprometidos con el ejecutivo por tantos años, en realidad se provoca un vicio al actuar, pues sabe que tiene patente durante el periodo. Con estas actuaciones lo mejor será que se deben acortar esos nombramientos de los ministros a un año únicamente.                           .
         

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