martes, 4 de febrero de 2020

Ilegal que empresa
de “parquímetros”
cobre multas
se denuncia
*Se argumenta que la empresa concesionaria no es
ninguna autoridad para aplicar multas a los ciudada-
danos como lo establece la Constitución.

La ciudadanía se encuentra desprotegida en muchos aspectos que son anticonstitucionales, pero esto sucede porque las autoridades se encuentran coludidos, me voy a referir a los parquímetros, todo mundo sabemos que los parquímetros fueron instalados  por una empresa,  que el Ayuntamiento le otorgó la concesiono del piso para estacionar vehículos y cobrar al público que utilice esos espacios por medio de unos aparatos denominados parquímetros, sin embargo ellos no son ninguna autoridad para infraccionar y ejecutar multas, esto es  muy claro porque se trata de una empresa denominada VECTOR METERS, S.A.  pero como las autoridades estas coludidas estos hacen su agosto en todo momento, y el pueblo es el pagano cuando toda autoridad esta para defender los derechos de la ciudadanía, pero sin embargo es todo lo contrario.
Miren en primer término esta empresa infracciona como si fuera una autoridad, les voy a trascribir parte de lo que dicen algunos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la que rige los destinos del país, y de todos los mexicanos, no obstante cada gobernante trata de que se haga una nueva constitución, sin analizar que la que existe, esta  es violada en primer término por los mismos gobernantes, la mutilan en el momento que se les ocurre, le modifican artículos a su manera, miren en el caso de las infracciones y la aplicación de las multas de los parquímetros, señala el artículo 13.- (Que) Nadie puede ser Juzgado por Leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la Ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejercito. Cuando un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.
Aquí cabe preguntar ¿Está siendo violado este articulo sí o no usted juzgue? Todo mundo puede comprender que la empresa de los parquímetros no es ninguna autoridad para que multe, pero esto lo debe de hacer valer el pueblo unido, ya que a una sola persona lo juzgan de loco, en virtud de que las autoridades son las que deben velar por el bienestar y los intereses de su pueblo, sin embargo, permiten estas violaciones. Otro señalamiento constitucional indicado en su primer párrafo del articulo 14.-A ninguna Ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posiciones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. ETC.
Y por si esos artículos fueran poca cosa el primer párrafo también del articulo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. ETC
Pero podemos analizar todos los artículos de la constitución política que nos rige, y que bueno fuera que toda la ciudadanía se interesara en leer y comprender los derechos constitucionales individuales, mismos que día a día son nulificados por las propias autoridades. Estos nos aplican también multas excesivas sin tomar en cuenta lo que señala uno de los párrafos del articulo 21.- (señalare únicamente lo esencial) Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa, arresto hasta por treinta y seis horas o en trabajo a favor de la comunidad; pero si el infractor no pagare la multa que le hubiese impuesto, se permutara esta por el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de treinta y seis horas. Si el infractor de los reglamentos gubernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día. Tratándose de trabajadores no asalariados la multa que se imponga por infracción de los reglamentos gubernativos y de policía, no excederá del equivalente a un día de su ingreso. ETC.
En resumen, la empresa concesionaria de los parquímetros está aplicando multas indebidamente en virtud de que no es ninguna autoridad. Simplemente es una sociedad anónima, que está explotando el piso que le fue concesionado: Pero la causa de estos abusos es por la razón de que el pueblo en su mayoría ignora que todas las personas cuenta con derechos individuales constitucionales, no obstante todas las autoridades permiten estos abusos, y a esto le sumamos la arrogancia y la apatía de casi toda la sociedad, es una característica increíble que en nuestro Sayula cualquier organización que trata de defender los intereses del pueblo luego es criticada en forma negativa, en vez de unirnos para darle fuerza, pero mejor la hacen que desaparezca.         
Nos podemos preguntar a sí mismos, como es posible que en todos los niveles de gobierno nos aplican las multas excesivas, ninguna dependencia de gobierno toma en cuenta el estado económico de la persona a multar, mucho menos los jueces municipales, pero todas estas anomalías fueron aprobadas por los ineptos legisladores que puede ser muy de seguro, algunos nunca le han dado una leída a la carta maga que es nuestra constitución Política, estos  lo único que saben es recibir el espléndido salario que ellos mismo se asignan únicamente por levantar la mano para aprobar todos los acuerdos absurdos que terminan en perjuicio de la sociedad. (Imagen Arch.)           

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