lunes, 7 de febrero de 2022

 La falsedad del "Sí protesto…"

Por J.Ventura Torres

Sigue adelante el clamor general del pueblo, que los tres poderes que componen el sistema de gobierno democrático, se divulga que son los primeros en violentar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es vergonzoso hasta pensar que todos al recibir el poder de algún mandato oficial, hipócritamente según a quien le corresponda tomar la protesta de ley hacen todo el circo como si verdaderamente fuera cierto; diciendo Protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las Leyes que de ella emanen, y desempeñar el cargo leal y patrióticamente ( según sea el cargo que va a desempeñar) y la respuesta es SI PROTESTO ; y si así no lo hiciere que el pueblo Oslo demande.

Y no pasan muchos días de que asumen el cargo cuando ya están dando y haciendo actos anticonstitucionales, se les olvida la famosa protesta que hicieron, sabedores que el pueblo no los demandará, en virtud de que esto es muy peligroso con los que tienen el poder, y aparte  muy costoso económicamente, ya que quien la hace de protestante lo desaparecen, es la razón que todo mundo se da cuenta que lo primero que hace cualquier mandatario, es actuar con abuso de autoridad y pre potencia, es la razón de que la mayoría de los ciudadanos se encuentran en completo estado de indefensión, amordazados, sin poder decir nada y el que diga le pasa lo mismo que le paso a Donaldo Colosio, ya que en la mayoría de sus discursos señalaba que el pueblo ya se cansó de tanta falsedad, tanta carga de impuestos a los gobernados, tantas mentiras y promesas que nunca cumplen, tantos saqueos económicos a la nación, y ventas de los múltiples  bienes del pueblo, que hacen los gobernantes de los tres niveles de gobierno en contubernio, etc. ¿ y qué fue lo que le sucedió a Donaldo? todo el pueblo lo sabe no es necesario señalar nada.    

En el aniversario de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la del 5 de febrero de 1857. Y la que nos rige fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de febrero de 1917 y entrando en vigor, de la cual queda un poco de su original, en virtud de que cada mandatario la reforma a su propio criterio e interés, sin tomar en cuanta al pueblo, ya que siempre nuestros representantes en el congreso únicamente buscan el beneficio para ellos no para el pueblo. Y si no lo quieren creer recuerden el peor de los gobernantes que vendió la mayoría de bienes de la nación, haciendo reformas a la misma Constitución para poder realizar los Salinasos.      

Es bueno observar la Constitución Política ya mencionada, y nos daremos cuenta que inicia con el TITULO PRIMERO. Capítulo 1, DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES, pues este capítulo se compone de 29 artículos, fácil de analizar, miren algo de lo que señalan su inicio de algunos artículos, indica el 1.- En los Estados Unidos Mexicanos todo mundo gozará de las garantías que otorga esta Constitución etc., el 2.- La nación mexicana es única e indivisible, etc., (esto para no creer a los gobernadores que se quieren separar de la Federación) como si fuera muy fácil., El 3.- todo individuo tiene derecho a recibir educación gratuita, etc., el 5.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio, o trabajo que le acomode, etc., el 6.- la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición, etc., el 7.- es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia, etc., el 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito de manera pacífica y respetuosa, etc., 9.-No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto licito. El 10.- Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen el derecho de poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, etc., el 11.-Todo hombre tiene derecho para entrar en la república, salir de ella, etc., el 12.- En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza., el 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. El 14.- A ninguna Ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna., El 15.- No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos., 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa la causa legal del procedimiento,   etc., el 17.-Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. etc., el 18.- solo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. Etc., el 19.- Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas., el 20.-El proceso penal será acusatorio y oral, etc., el 21.- la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Publico y a las policías, las cuales actuaran bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función. Etc.  (Me brinco un párrafo y que sigue dice).la imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.-

     Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones POR LAS INFRACCIONES DE LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICIA, LAS QUE UNICAMENTE CONSISTIRAN EN MULTA, ARRESTO HASTA POR TREINTA Y SEIS HORAS O EN TRABAJO A FAVOR DE LA COMUNIDAD; PERO SI EL INFRACTOR NO PAGARE LA MULTA QUE SE HUBIESE IMPUESTO, SE PERMUTARA ESTA POR EL ARRESTO CORRESPONDIENTE, QUE NO EXCEDERA EN NINGUN CASO DE TREINTA Y SEIS HORAS.- Si el infractor de los reglamentos gubernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado con multa MAYOR DEL IMPORTE DE SU JORNAL O SALARIO DE UN DIA.- Tratándose de trabajadores no asalariados, la multa que se imponga por infracción de los reglamento gubernativos y de policía, no excederá DEL EQUIVALENTE DE UN DIA DE SU INGRESO. ETC. Y sigue señalando varios incisos más, pero el siguiente señala también las multas es el articulo 22.- Queda prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, LA MULTA EXCECIVA, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado. Etc., señala el 23.- Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.

 Los siguientes artículos para terminar este capítulo son el 24, 25, 26, 27, 28, y 29, los pueden analizar en la propia Constitución que nos ocupa., y si es posible denle una ojeadita a toda para que comprendan todo lo que significa para toda la ciudadanía., Enfoquen su atención en los artículos más usuales todos son muy importantes pero los más cotidianos son el 13, 14, 16, pero también el de las multas que son el 21 y 22., Si es posible y el tiempo me lo permite seguiremos con este análisis de nuestra carta magna.                                                          


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