miércoles, 7 de septiembre de 2022

 La certificación profesional cada 5 años en Jalisco

Por Arturo Fernández Ramírez

Es considerada inconstitucional y recaudatoria, porque tendrá un costo y se traduce en un requisito adicional a la Cédula Profesional Definitiva expedida por la Secretaría de Educación Pública. Poniendo en entredicho los alrededor de 20 años que se requieren para cursar el preescolar, primaria, secundaria, preparatoria y licenciatura. Además del tiempo que lleva la titulación y los trámites de expedición de dicha patente federal y estatal. Es necesario que los legisladores de Jalisco tomen en cuenta la postura que han fijado los profesionistas en contra de dicha certificación. De lo contrario, habrá que esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva los amparos que se han promovido al respecto.

La Dirección de Profesiones del Estado de Jalisco ha informado que a partir de 2023 será obligatoria la certificación profesional cada cinco años en el Estado. Particularmente a los egresados de las áreas de la salud, ingenieros, arquitectos, contadores y abogados. Imponiendo un requisito adicional para ejercer la profesión que fue cursada en una Universidad y certificada por la Secretaría de Educación Pública.

Cabe precisar que la actual Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco, entró en vigor el 1° de enero de 2016. En el numeral 55 se contiene "Artículo 55. La certificación profesional tendrá una vigencia máxima de cinco años, al término de los cuales deberá someterse a un nuevo proceso y cumplir con los requisitos y evaluaciones establecidas por el ente certificador que corresponda…". Y en su artículo tercero transitorio estableció que "La certificación profesional será obligatoria a partir del séptimo año de vigencia de la Ley.".

Se considera que dicha certificación aparte de recaudatoria, es inconstitucional porque es un requisito adicional a los que ya exige la Federación. Se coarta la libertad de trabajo y se contradice la definitividad que tiene la Cédula Profesional Federal que expide la Secretaría de Educación Pública para ejercer una profesión. El argumento de la capacitación se desvanece si tomamos en cuenta que se destinan alrededor de 20 años para alcanzar una licenciatura, iniciando con el preescolar.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce actualmente de un amparo en revisión, en el que se cuestiona precisamente la constitucionalidad de dicha certificación. Considera que se trata de un asunto importante y trascendente que podría vulnerar el derecho a la libertad de trabajo. Por lo que su resolución tendría un impacto jurídico, económico y social.

Ojalá que los legisladores de Jalisco tomen en cuenta la postura que han fijado los profesionistas en contra de dicha certificación, en la que fundamentan su inconstitucionalidad. De lo contrario, habrá que esperar a que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva los amparos que se han promovido al respecto. 


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