miércoles, 2 de diciembre de 2015

Especial para Horizontes...

La sexualidad en la colonia y las
 
implicaciones en la moral actual de Sayula

Reportaje de Investigación de Rodrigo Sánchez Sosa

El matrimonio en la Nueva España permitía la relación socialmente aceptada entre hombre y mujer. La relación conyugal consistía, para la mujer, en preparar los alimentos y servir en la cama; mientras que el hombre tenía la obligación de alimentar a la esposa y cumplir con el débito. En base al matrimonio se reglamentan las relaciones entre los sexos, en las que participan los diferentes grupos sociales. Así, se dividen en relaciones lícitas que tienen por finalidad la procreación2 en el contexto del matrimonio debidamente sacramentado por la iglesia, que sirve de marco a la relación conyugal sublimada por la imagen de un amor idealizado, y en el que la virginidad es un derecho del hombre sobre la mujer y el adulterio femenino es duramente sancionado. Y las relaciones ilícitas esencialmente éticas, buscan el placer: son las que transgreden la moral establecida y conducen al castigo. La vigilancia y la punición tienen como finalidad salvaguardar el matrimonio, para asegurar la reproducción de la fuerza de trabajo y la estabilidad de la familia y la sociedad. En tierras americanas, la Corona española pretendió respetar el principio de la libertad de elección del cónyuge en el matrimonio, rompiendo las estructuras tradicionales que lo reglamentaban entre los indios. Sin embargo, se aconsejaba que lo ideal era que se casasen españoles con españolas, indios con indias y negros con negras, de esta de esta manera, se pensaba, los problemas serían menores. Lejos de esto, como ya se mencionó, el mestizaje se dio naturalmente entre los tres grupos: indios, negros y españoles, resultando una gama de mezclas que se denominaron castas. Pedro de Herrera, casado en Sevilla con Inés Martín, confiesa haber llegado a la Nueva España en 1 563. Cinco años más tarde conoció a María Sánchez Mestiza a la que sacó de su casa siendo virgen, por lo que fue apresado. Al salir de la cárcel, se le obligó a cumplir con la palabra de matrimonio, y Pedro, no tuvo valor para confesar que ya tenía mujer en España. Poco menos de un año hizo vida maridable con su nueva esposa "comiendo y durmiendo juntos como marido y mujer", procreando un hijo. Al ser denunciado como casado dos veces, los inquisidores fueron implacables: lo sentenciaron a escuchar misa con vela en las manos, soga en el cuello en forma de penitente y con corona de espinas en la cabeza; con las insignias de casado dos veces, desnudo de la cintura para arriba, en bestia de albarda, fue paseado por las calles acostumbradas, el pregonero, al frente, manifestaba su delito; al final del paseo se le propinaron 100 azotes. La segunda parte de la sentencia fue el destierro para reunirse con su esposa en España, Pedro tuvo serias dificultades para cumplirlo, ya que al abandonar la cárcel se encontraba pobre y enfermo Los inquisidores al hacer público el castigo pretendían educar a los que se congregaban para ver pasar los reos, de esta manera observaban lo que podía sucederles si cometían aquellos delitos. "La finalidad de los procesos y de la condena a muerte que imponía la inquisición no era salvar e1 alma del acusado sino mantener el bienestar público y aterrorizar al pueblo". Monogamia Y Poligamia: El catolicismo establece la monogamia rigurosa como forma de relación ideal entre hombre y mujer, pero solo los españoles pobres y los grupos populares la observaron. La sociedad patriarcal le otorgaba al hombre el derecho de vivir en la poligamia socialmente reconocida. Fue éste un privilegio de los españoles en tanto que poseedor del poder económico y político, pero también la disfrutaron hombres de otros grupos que pudieron pagarla. En la sociedad prehispánica, asimismo patriarcal, fue privilegio de los pipiltin o nobles indígenas, siendo difícil que los indios principales en tiempos 'coloniales renunciaran a ella para adoptar la monogamia católica, que era más como un comportamiento de grupos inferiores y bárbaros. El matrimonio con la cuñada, hermana de la esposa era frecuente, incurriendo a los ojos de los españoles en un delito más, el del incesto. En 1537 llega a la Nueva España la Bula Papal en la cual se establece que el matrimonio católico entre los indios polígamos, debería realizarse con la primera mujer. En Tecualoya, un cacique regularizó su matrimonio dentro de esta disposición, así tuvo sólo una esposa, pero conservaba a su cuñada como manceba (amante); en tanto que su mujer mantenía, a su vez relaciones con su cuñado, esposo de su hermana. Los religiosos escandalizados clamaban el castigo para estas prácticas indias, pero frente al amancebamiento de los españoles fueron siempre más tolerantes. En realidad, los inquietaba ver que los indios reconocían a todas sus mujeres como esposas con el mismo rango; en tanto que los españoles establecían diferencias entre la esposa y la amante, con estatus y funciones diferentes
Relaciones sexuales ilícitas en la Nueva España. Marcadas por el erotismo y la búsqueda del placer, estas relaciones pueden, en el caso de las mujeres, ser un medio de subsistencia o una vía para llegar al matrimonio. Puede hablarse de tres tipos de relación ilícitas en la colonia: la simple fornicación, el amancebamiento y la prostitución.
a) Simple fornicación: Practicad por los españoles, la simple fornicación era la relación más frecuente que se establecía entre hombre y mujer. Se pretendía verla como carente de culpa y en consecuencia, no considerarla pecado si se presentaba en las siguientes condiciones: si la mujer estaba de acuerdo o la deseaba, si de mujer ajena se trataba, o si había paga de por medio. Las autoridades emitieron una Edictos de Fe, haciendo de conocimiento público que "la simple fornicación es pecado y que decir lo contrario es herejía condenada por la Santa lglesia", para que nadie argumentara haber pecado por ignorancia. Si en el caso del individuo común esto era un delito, en el de los religiosos, que eran guardianes de la moral predicando con el ejemplo, el delito de solicitación en el confesionario fue duramente castigado.23 Fray Miguel de Oropeza, franciscano de 30 años, fue denunciado por otro religioso de la misma orden quien vio que al estar confesando a una india, fray Miguel "tuvo acceso carnal con ella, en un rincón de la iglesia de Tepeaca... Cuando entró estaban en el acto, ella debajo y él arriba, continuando más tarde con la confesión, cometiendo el grave delito de absolverla. Al marido le dio una jícara de cacao "para que no armara escándalo". Por estas faltas lo llevaron preso al convento de su Orden, en el que permaneció por espacio de seis meses. La sentencia fue escuchar misa rezada en la iglesia del convento, en paños menores y con vela en las manos, sufriendo una disciplina a manos del guardián y los frailes.
b) Amancebamiento Durante la colonia, fue la relación más común entre hombre y mujer. Para definirlo quizá lo adecuado es tomar en cuenta 1ó que pensaba Bernaldo del Castillo, español soltero, al respecto: "él no es amancebado, porque en el caso que tenga conocimiento carnal con alguna de sus indias esclavas, no por eso es amancebamiento, no comen, ni beben, ni duermen juntos; y no se ha echado con ellas públicamente, ni c adelante de otras..." Era una relación estable entre hombre y mujer, la diferencia con el matrimonio consistía en que no estaba sacramentada ni socialmente reconocida. La función doméstica fue la misma, no así las obligaciones del hombre hacia la mujer, pues se evadía fácil ante la responsabilidad económica y moral, acentuándose aún más la dependencia de la mujer. Sin embargo, se debe reconocer que llegaba a resolver la situación económica de muchas mujeres temporal o permanentemente en esa época.
c) Prostitución: En el siglo XVI, según lo señala Ana María Atondo era difícil distinguir en lo cotidiano, las relaciones de prostitución de la simple fornicación o relación ocasional. Según la definición de la época. las prostitutas eran mujeres que "ganaban su hacienda con la venta de sus cuerpos". Ejercían la prostitución independiente las mujeres que habían sido amancebadas y se encontraban en el abandono, las engañadas que por creer en el amor perdieron la virginidad y no podían ya contemplar la posibilidad de un matrimonio, y las viudas que buscaban el sustento en esta ocupación; con todas ellas la justicia era paternalista y procuraba, en el caso de las españolas, protegerlas y regenerarlas para lo que se fundaron los Recogimientos de Mujeres; en el caso de negras, mestizas y mulatas se aceptaba este comportamiento como inherente a su condición de inferioridad social. Cuando intervinieron terceras personas que organizaban la explotación del cuerpo de las mujeres, fue sancionada esta práctica. En general, estas personas eran mujeres que inducían y engañaban a las jóvenes que tenían problemas familiares, con promesas, para arrancarlas del seno familiar y explotarlas. d) Otros comportamientos sancionados: Dentro del marco de lo ilícito, es necesario mencionar aquellos comportamientos que buscaban el placer y la satisfacción erótica, siendo considerados pecaminosos como: los "tocamientos deshonestos" entre gente de diferente y del mismo sexo, la masturbación personal o con la pareja del mismo o diferente sexo, la polución en sueños (sueños húmedos), la sodomía (penetración rectal) o "pecado contra natura" y la homosexualidad masculina y femenina.
Al observar la información anterior, nos damos cuenta de los antecedentes del comportamiento moral relacionado con la sexualidad de los sayulenses. Las más extendidas prácticas, el adulterio y la prostitución, en nuestro entorno tienen que ver moralmente con el poder que ejercía el hombre sobre la mujer. Las instituciones patriarcales de la colonia, la iglesia y la corona eran tolerantes, primero con los poderosos y luego con el género masculino. El dominio económico sigue determinando las relaciones entre parejas en su dinámica de sometedor y sometido, tal como en la colonia. Los ricos o españoles, no solo eran tolerados en sus accesos en tal contexto, sino que incluso eran rescatados cuando eran victimas de los mismos, mientras las clases inferiores, los pobres, indios, negros y mestizos, tal condición se consideraba como parte de su inferioridad. A su vez, en el caso de la pareja, la inferioridad femenina es considerada como riesgo, por ello la mujer es más vigilada, señalada y castigada. Si llegase a incurrir en tales prácticas, si la mujer no llegase virgen al matrimonio, derecho que tiene el hombre, se le considera un fracaso y una deshonra hasta para la familia. Al Igual la mujer casa que comete adulterio, es una deshonra para el marido y la única culpable en el hecho. Las practicas en este rubro no se han modificado por una sola razón el domino del hombre, el patriarcado sigue vigente, así como el sometimiento económica y social de las clases altas sobre la mayoría pobre y desposeída, donde es fácil encontrar compañeros sexuales desechables con los que no se adquiere más que un compromiso inmediato de sujeto a objeto de placer. Todos los prejuicios morales y sociales tienen su raíz en éste comportamiento social, heredado de la colonia, de doble moral y violencia social, de genero y económica, en el Sayula contemporáneo.

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